Dirección General de Tributos (DGT) · SG de Impuestos sobre el Consumo · V0839-25 ·
Franquicia aduanera para herencia
Resumen
Resumen generado con IA a partir de la resolución oficial; consulta el texto original.
La DGT responde a consultas sobre la aplicación de la franquicia aduanera y exención del IVA para la importación de una embarcación heredada.
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Fuente oficial
Desean conocer varios aspectos relativos a la aplicación la franquicia aduanera a la importación de bienes personales recibidos en herencia, regulada en los artículos 17 a 20 del Reglamento (CE) no 1186/2009 del Consejo, de 16 de noviembre de 2009 relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras, así como la exención contenida en el artículo 32 de la Ley 37/1992 a la posible importación de la embarcación efectuada en el territorio de aplicación del Impuesto efectuada por una comunidad de bienes constituida por los herederos en proindiviso a los que se hubiera adjudicado la embarcación.
Resumen generado con IA a partir de la resolución oficial; consulta el texto original. Es un resumen informativo: lo que vale es el texto de la fuente oficial. Origen de los datos: Ministerio de Hacienda. Resumen propio de Clave Aduanera, no oficial.