Dirección General de Tributos (DGT) · SG de Impuestos sobre el Consumo · V1045-22 ·
Aplicación del régimen especial de importaciones de escaso valor
Resumen
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La DGT responde a dos cuestiones sobre la aplicación del régimen especial de importaciones de escaso valor y la gestión del IVA por el destinatario.
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Fuente oficial
1. Si el régimen especial de declaración y pago de importaciones de escaso valor previsto en el artículo 167.bis de la Ley 37/1992 es aplicable a un operador acogido a la ventanilla única. 2. Si el consultante, como destinatario de la importación, puede optar por gestionar el mismo el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido en lugar del operador postal.
Resumen generado con IA a partir de la resolución oficial; consulta el texto original. Es un resumen informativo: lo que vale es el texto de la fuente oficial. Origen de los datos: Ministerio de Hacienda. Resumen propio de Clave Aduanera, no oficial.