Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) · 00/02224/2025/00/00 (criterio 4) ·
Perfeccionamiento activo y destrucción de mercancía
Resumen
El TEAC considera que la destrucción de mercancía no extingue la deuda aduanera si no se cumple con los requisitos del artículo 124.1.k) del Código Aduanero.
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Fuente oficial
Tráfico exterior. Falta de ultimación del régimen de perfeccionamiento activo en plazo así como la omisión de la presentación del estado de liquidación, por destrucción, sin conocimiento de las autoridades aduaneras, de la mercancía vinculada al régimen.
Es un resumen informativo: lo que vale es el texto de la fuente oficial. Origen de los datos: Ministerio de Hacienda. Resumen propio de Clave Aduanera, no oficial.