Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) · 00/02495/2023/00/00 (criterio 1) ·
Rectificación de declaraciones aduaneras tras el levante
Resumen
Resumen generado con IA a partir de la resolución oficial; consulta el texto original.
El TEAC establece que las autoridades aduaneras deben examinar las solicitudes de rectificación incluso tras el levante de las mercancías, si se presentan dentro del plazo de 3 años.
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Fuente oficial
Solicitud de rectificación de las declaraciones aduaneras con posterioridad al levante de las mercancías. Alcance del examen por las autoridades aduaneras y facultad de apreciación.
Resumen generado con IA a partir de la resolución oficial; consulta el texto original. Es un resumen informativo: lo que vale es el texto de la fuente oficial. Origen de los datos: Ministerio de Hacienda. Resumen propio de Clave Aduanera, no oficial.