Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) · 00/06789/2025/00/00 (criterio 1) ·
Valor en Aduanas: Cánones y Licencias
Resumen
El TEAC confirma que los cánones deben incluirse en el valor en aduana si la mercancía no puede adquirirse sin su pago.
Resumen completo
Los hechos
La empresa XZ SA importó mercancías de terceros países, incluyendo cánones y derechos de licencia. La Inspección consideró que estos cánones debían incluirse en el valor en aduana, argumentando que la mercancía no podía adquirirse sin su pago. La empresa alegó que no cumplían los requisitos para su inclusión.
Qué alegaba cada parte
El TEAC reitera que, según el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447, los cánones deben incluirse en el valor en aduana si la mercancía no puede adquirirse sin su pago. Esto se basa en la jurisprudencia del TJUE, que establece que lo importante es si la venta de las mercancías podría realizarse sin el pago del canon. El TEAC reitera criterios anteriores de 2023 y 2022.
Qué decide y por qué
El Tribunal decide que los cánones deben incluirse en el valor en aduana, ya que la mercancía no puede adquirirse sin su pago. Esto se debe a que el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 establece esta obligación, y la jurisprudencia del TJUE respalda esta interpretación.
Qué significa para ti
Esta resolución establece que los cánones deben incluirse en el valor en aduana si la mercancía no puede adquirirse sin su pago. Esto es crucial para los importadores y representantes aduaneros, ya que deben verificar si los cánones cumplen con este requisito. En casos similares, es importante revisar los contratos de licencia y asegurarse de que los cánones se incluyan en el valor en aduana cuando sea necesario.
A quién afecta: Importadores, representantes aduaneros, depositarios
Lo que dice el texto oficial
«La previsión recogida en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución ya no constituye un criterio interpretativo no vinculante como en el marco normativo establecido en el Código aduanero, sino que constituye una obligación al estar regulado en un Reglamento cuyas disposiciones son de aplicación directa.»
«El citado cambio normativo es coherente con la jurisprudencia del TJUE en la que se deja absolutamente claro que lo importante a la hora de adicionar el canon es si la venta de las mercancías podría realizarse o no sin el pago del canon.»
«Reitera criterio de resoluciones TEAC de 19 de julio de 2023, RG: 00-02278-2020 y RG: 00-03393-2022»
Fuente oficial
Tráfico exterior. Valor en Aduanas. Ajuste por Cánones. Requisito: Las mercancías no pueden venderse al comprador o ser adquiridas por él, sin el pago de los cánones o derechos de licencia a un licenciante. Modificación introducida por el CAU.
Es un resumen informativo: lo que vale es el texto de la fuente oficial. Origen de los datos: Ministerio de Hacienda. Resumen propio de Clave Aduanera, no oficial.