Saltar al contenido
Clave Aduanera

Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) · 00/06789/2025/00/00 (criterio 1) ·

Valor en Aduanas: Cánones y Licencias

Lectura libreValor en aduana

Resumen

El TEAC confirma que los cánones deben incluirse en el valor en aduana si la mercancía no puede adquirirse sin su pago.

Resumen completo

Los hechos

La empresa XZ SA importó mercancías de terceros países, incluyendo cánones y derechos de licencia. La Inspección consideró que estos cánones debían incluirse en el valor en aduana, argumentando que la mercancía no podía adquirirse sin su pago. La empresa alegó que no cumplían los requisitos para su inclusión.

Qué alegaba cada parte

El TEAC reitera que, según el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447, los cánones deben incluirse en el valor en aduana si la mercancía no puede adquirirse sin su pago. Esto se basa en la jurisprudencia del TJUE, que establece que lo importante es si la venta de las mercancías podría realizarse sin el pago del canon. El TEAC reitera criterios anteriores de 2023 y 2022.

Qué decide y por qué

El Tribunal decide que los cánones deben incluirse en el valor en aduana, ya que la mercancía no puede adquirirse sin su pago. Esto se debe a que el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 establece esta obligación, y la jurisprudencia del TJUE respalda esta interpretación.

Qué significa para ti

Esta resolución establece que los cánones deben incluirse en el valor en aduana si la mercancía no puede adquirirse sin su pago. Esto es crucial para los importadores y representantes aduaneros, ya que deben verificar si los cánones cumplen con este requisito. En casos similares, es importante revisar los contratos de licencia y asegurarse de que los cánones se incluyan en el valor en aduana cuando sea necesario.

A quién afecta: Importadores, representantes aduaneros, depositarios

Lo que dice el texto oficial

«La previsión recogida en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución ya no constituye un criterio interpretativo no vinculante como en el marco normativo establecido en el Código aduanero, sino que constituye una obligación al estar regulado en un Reglamento cuyas disposiciones son de aplicación directa.»
«El citado cambio normativo es coherente con la jurisprudencia del TJUE en la que se deja absolutamente claro que lo importante a la hora de adicionar el canon es si la venta de las mercancías podría realizarse o no sin el pago del canon.»
«Reitera criterio de resoluciones TEAC de 19 de julio de 2023, RG: 00-02278-2020 y RG: 00-03393-2022»

Fuente oficial

Tráfico exterior. Valor en Aduanas. Ajuste por Cánones. Requisito: Las mercancías no pueden venderse al comprador o ser adquiridas por él, sin el pago de los cánones o derechos de licencia a un licenciante. Modificación introducida por el CAU.

Leer el texto oficial

Es un resumen informativo: lo que vale es el texto de la fuente oficial. Origen de los datos: Ministerio de Hacienda. Resumen propio de Clave Aduanera, no oficial.

Alertas de normativa y jurisprudencia aduanera

Te avisamos por correo cuando cambia algo importante de aduanas (aranceles, IVA a la importación, trámites de la AEAT, normas de la UE) y cuando sale una sentencia, una resolución del TEAC o una consulta de la DGT que conviene conocer, con un resumen sencillo. Sin spam y con baja en un clic. Ver alertas publicadas.

Al pulsar «Apuntarme» confirmas: «Quiero recibir por email las alertas de normativa aduanera y las novedades de jurisprudencia y doctrina aduanera de Clave Aduanera: sentencias del Tribunal de Justicia y del Tribunal General de la UE, resoluciones del TEAC y consultas de la DGT, con un resumen y su enlace oficial. Puedo darme de baja con un clic.» Te enviaremos un correo para confirmarlo.